martes, 1 de diciembre de 2009

Tasadores en Murcia


TASACIONES EN MURCIA Y ALICANTE


Es una Empresa que nace independiente, adoptando todas las normas legales vigentes, actuando con valores éticos y profesionales, manteniendo una confianza suficiente y recopilando una información constante, veraz, fiable que nos permite una credibilidad y un prestigio profesional que perciben quien solicita y requiere regularmente nuestros servicios, en el desarrollo de actividades que por su naturaleza o competencia nos son propias.
respondiendo con sus acreditaciones de las disposiciones legales vigentes.
Hemos establecido un modelo empresarial avanzado, estructurado con los servicios de profesionales cualificados, teniendo una gran capacidad de gestión desarrollada en la dirección más óptima.
El objetivo principal es dar un buen servicio, rápido, seguro en cuanto a máxima fiabilidad y calidad, ya que nos sometemos en base a las disposiciones que en ésta materia regula la Ley del Mercado Hipotecario (25/03/1981), el real decreto (27/03/1982), Orden ECO/805/2003 y otras disposiciones concordantes.
Ley 41/2007 de 7/12/07, artículo 5: “Las entidades de crédito, incluso aquellas que dispongan de servicios propios de tasación, deberán aceptar cualquier tasación de un bien aportada por el cliente, siempre que sea certificada por un tasador homologado de conformidad con lo previsto en la presente Ley, y no esté caducada, según lo dispuesto legalmente, y ello sin perjuicio de que la entidad de crédito pueda realizar las comprobaciones que estime pertinentes, de las que en ningún caso podrá repercutir su coste al cliente que aporte la certificación”.
Telf. contacto:   644 531420

ETAPAS DE UNA TASACIÓN

Una vez que el interesado -particular o entidad bancaria- ha seleccionado la empresa de tasación más adecuada, se pone en marcha un mecanismo complejo que consta de varios pasos:
  1. Fijar el plazo: la entrega del informe queda interrumpida por la falta de documentación o retrasos en la visita del inmueble.
  2. Documentación: más tarde se hará llegar al tasador la información relativa a la vivienda que será objeto de estudio: fotocopia de la escritura de la propiedad, planos, licencia de obra y proyecto si se trata de una obra en construcción.
  3. Pago: la sociedad de tasación puede solicitar el pago del servicio por adelantado. Si durante el proceso surgieran imprevistos, el interesado deberá abonar al final del mismo la cantidad necesaria para cubrir esos gastos extra.
  4. Entrega: a partir de ese momento, el cliente dispondrá de la tasación de su vivienda, que podrá utilizar para solicitar un crédito hipotecario, pero que también le será útil a la hora de repartir una herencia, en caso de divorcio, para coberturas de provisiones técnicas de aseguradoras o, simplemente, para tener constancia y determinar su patrimonio.
  5. Reclamaciones: en caso de que el resultado no sea satisfactorio para el dueño de la vivienda, que considera que el valor de la misma es superior al que marca el informe, la empresa tasadora argumentará las razones que le han llevado a ofrecer ese resultado.
  6. Segunda opinión: el usuario tiene derecho a que otro tasador realice una segunda valoración, pero deberá correr él con los gastos y obtener previamente el visto bueno del banco respecto al tasador elegido. En último término, si no queda satisfecho, puede pedir amparo a asociaciones de consumidores o efectuar las reclamaciones necesarias ante un tribunal.





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